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Resumen

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El patrimonio estable es una de las principales novedades introducidas por el CIC de 1983 en materia patrimonial. Sin embargo, la doctrina ya venía utilizando esta figura para referirse al objeto de una especial protección frente a las enajenaciones y actos asimilados sobre bienes eclesiásticos. El proceso de redacción del CIC de 1983 muestra perfectamente cómo se trata de una figura arraigada en la tradición e, incluso, en la legislación precodicial. La asignación legítima por autoridad competente de bienes al patrimonio estable supone el medio ordinario para protegerlos frente a enajenaciones arbitrarias. Cuando un bien forma parte del patrimonio estable y supera una cierta cantidad, su enajenación requiere una serie de condiciones. Corresponde a cada persona jurídica pública establecer qué bienes forman parte de este grupo protegido para asegurar la pervivencia de la entidad. Ésta es la principal misión del patrimonio estable.

Palabras clave

Patrimonio estable, CIC de 1983, Enajenación

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Sección
Estudios