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Resumen

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La personalidad jurídica constituye un instrumento necesario para que una determinada entidad, de naturaleza asociativa o patrimonial, pueda actuar en el tráfico jurídico, como sujeto de derechos y obligaciones y sujeto capaz de relaciones jurídicas. El reconocimiento de dicha personalidad jurídica juega un papel decisivo, especialmente, en el ámbito patrimonial, porque confiere a la entidad capacidad para adquirir, administrar y enajenar bienes con plena eficacia jurídica. El presente trabajo analiza los requisitos necesarios para el reconocimiento de la personalidad jurídica civil de las fundaciones erigidas canónicamente por la Iglesia Católica.

Palabras clave

Entidades religiosas, Fundaciones canónicas, Personalidad jurídica civil de las entidades eclesiásticas, Registro de Entidades Religiosas.

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Sección
Estudios sobre fundaciones y mecenazgo
Biografía del autor/a

Lourdes Ruano Espina, Universidad de Salamanca. Facultad de Derecho, Universidad de Salamanca

Campus Miguel de Unamuno