Francisca Pérez-Madrid e-mail(Inicie sesión) , Josep Mª Castellá e-mail(Inicie sesión)

Contenido principal del artículo

Autores/as

Francisca Pérez-Madrid e-mail(Inicie sesión)
Josep Mª Castellá e-mail(Inicie sesión)

Resumen

100
El artículo analiza la cuestión de constitucionalidad planteada respecto al Concordato de Andorra de 2008. La reclamación argumentaba la falta de legitimidad del art. XI.3 de dicho Tratado internacional, que establecía la oferta obligatoria de la enseñanza religiosa católica por parte de todos los centros educativos andorranos. Las razones aportadas por los reclamantes son tanto la libertad religiosa de los alumnos y padres, como la libertad de enseñanza de los centros educativos laicos, y la aconfesionalidad del Estado. El Tribunal Constitucional de Andorra resuelve en un Auto interpretativo la cuestión, afirmando la constitucionalidad de dicho artículo, aunque exceptuando su aplicabilidad en el caso de los colegios cuyo ideario choque frontalmente con dicha enseñanza.

Palabras clave

Concordato de Andorra, Obispo de Urgel, Libertad de enseñanza, Enseñanza religiosa, Ideario del centro, Principio de reciprocidad, Neutralidad de la escuela pública, Libertad de creación de centros educativos

Métricas

Search GoogleScholar


Detalles

Detalles del artículo

Sección
Otros estudios

Artículos más leídos del mismo autor/a