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Resumen

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En el presente artículo se analiza la cuestión concerniente a la posibilidad de exigir judicialmente los derechos sociales básicos. Para ello, se desarrollan las relaciones existentes entre el principio de igualdad y los derechos sociales, proponiéndose que éstos no sólo constituyen exigencias de la igualdad de hecho, sino también de la igualdad de iure. Asimismo, se sostiene que reconocer sólo a los derechos civiles y políticos el carácter de justiciables, denegándoselos a los derechos sociales básicos, implica una distinción de trato irrazonable, y por ello discriminatoria, que se encuentra afectada por una presunción de inconstitucionalidad. Finalmente, la autora se detiene en la exposición de los argumentos y contra argumentos esgrimidos a favor y en contra de la exigibilidad judicial de los derechos sociales básicos, con el objetivo de demostrar la irrazonabilidad del trato desigual que supone la negativa a reconocer el carácter justiciable de éstos últimos. 

Palabras clave

derechos sociales, derechos civiles y políticos, judicialización, igualdad, igualdad de iure, igualdad de hecho, razonabilidad, discriminación

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Sección
Artículos
Biografía del autor/a

María Marta Didier, Universidad Católica Argentina. Buenos Aires 249

(3100) Paraná, Entre Ríos