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Resumen

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La Convención de las Naciones Unidas sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares recoge y específica para un colectivo especialmente vulnerable, el de los trabajadores migratorios, toda una serie de derechos previamente reconocidos en otros instrumentos internacionales. Si la titularidad y el ejercicio de estos derechos corresponden a todos los seres humanos, el hecho de la migración no debe dificultar su disfrute sin que ello menoscabe el ejercicio de la competencia estatal para regular el ingreso en su territorio de extranjeros. Por ello y por el previsible incremento del fenómeno migratorio resulta necesario que los Estados más desarrollados y, específicamente, los Miembros de la Unión Europea proceden a la mayor brevedad posible a su ratificación.

Palabras clave

Derechos humanos, protección internacional, trabajador migratorio, Convención de Naciones sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares, ratificación

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Sección
Artículos: Europa y los Derechos Humanos
Biografía del autor/a

Mª Ángeles Cano, Universidad Rey Juan Carlos.

Madrid