Dall'«Aeterni Patris» al Concilio Vaticano II: le direttive del Magistero sulla dottrina di San Tommaso
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Resumen
En la primera parte de su estudio, Perini se detiene en el examen del Magisterio de León XIII, el gran restaurador del tomismo. El Autor señala que la primera preocupación de León XIII fue la de asegurar una "sana filosofía" en oposición a la "mala filosofía" dominante en el siglo XIX. León XIII se dio cuenta, en efecto, del papel capital que la filosofía tiene en relación con todas las estructuras sociales y culturales, de aquí su preocupación para señalar una "verdadera filosofía", que no es más que la filosofía cristiana, tal como fue desarrollada antes por los Padres de la Iglesia y después por los doctores escolásticos, entre los cuales destaca, como verdadero princeps, Santo Tomás. Los motivos que aconsejan mantener la fidelidad a Sto. Tomás -dice Perini, resumiendo a León XIII- son intrínsecos (santidad, genialidad, perfección en el método, estilo, amplitud y profundidad de doctrina, acuerdo entre fe y razón) y extrínsecos (aprobación de la Iglesia, admiración universal, adhesión de filósofos, teólogos y órdenes religiosas, el suffragium Ecclesiae). A estas afirmaciones doctrinales, León XIII hizo seguir toda una serie de medidas prácticas que consiguieron efectivamente que la doctrina de Sto. Tomás fuera empleada como modelo, no sólo en filosofía, que era el objetivo primero de la Aeterni Patris, sino también en Teología. El Magisterio de León XIII relativo a Sto. Tomás presenta, según Perini, tres características: quiere ser universal, es decir dirigirse a todos y no sólo a los clérigos, es abierto, es decir exhorta a un tomismo no cerril sino consciente de los problemas contemporáneos y es favorable a un tomismo auténtico, es decir sacado de la misma fuente y no de los escolásticos posteriores. Siguiendo algunas opiniones de Journet, Perini entiende que las indicaciones de León XIII, sin alcanzar el nivel de las declaraciones infalibles relativas a las verdades de fe, gozan sin embargo de una "asistencia prudencial práctica" que requiere un verdadero obsequio de la voluntad y de la inteligencia.
En la segunda parte del estudio, después de haber reseñado rápidamente las intervenciones de los Romanos Pontífices S. Pío X, Benedicto XV, Pío XI, Pío XII y Juan XXIII, Perini se detiene en el examen del Magisterio del Concilio Vaticano II y de Pablo VI. En cuanto a Pablo VI, el Autor señala dos intervenciones. En la primera, que se refiere al VI Congreso Tomístico Internacional de 1965, el Papa quiso contestar a tres interrogantes que habían sido planteados en el aula conciliar. Pablo VI señaló que la filosofía tomista se escapa a una situación histórica particular y posee un valor permanente, que precisamente por este valor permanente el Magisterio sigue recomendándola como norma segura para la enseñanza sagrada y que la adhesión al Doctor Común no constituye una rémora para el desarrollo de la investigación: en este sentido la ejemplaridad de Sto. Tomás no se refiere sólo a la forma sino al contenido de su doctrina. La segunda intervención de Pablo VI corresponde a la Carta Lumen Ecclesiae de 1974, en la cual el Papa vuelve a confirmar solemnemente todo el Magisterio anterior.
Perini dedica, por último, un extenso apartado a la interpretación de los textos conciliares relativos a la doctrina de Sto. Tomás. Se trata, como es sabido, del n. 16 del Decreto Optatam totius y del n. 10 de la Declaración Gravissimum educationis. De las Actas conciliares resulta que el Concilio, lejos de querer declararse "contra" Sto. Tomás quiso más bien declararse "en favor de" Sto. Tomás, y confirmar al mismo tiempo toda la línea del Magisterio pontificio anterior. Esto resulta también de la interpretación autorizada que Pablo VI dio de los documentos conciliares en la Lumen Ecclesiae. La omisión del nombre del Doctor Angélico en el n. 15 de la Optatam totius, allí donde se habla de los estudios filosóficos, se explica sencillamente por el deseo de una mayor brevedad y concisión en la redacción; sin embargo la Comisión elaboradora en la Relatio aclaró que al hablar de "patrimonio filosófico perenne válido" quería referirse precisamente a los principios de Sto. Tomás.
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