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Resumen

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El derecho internacional consuetudinario tiene en un –aparentemente– irreconciliable conflicto sobre una cuestión tan fundamental como si reconoce en el derecho internacional un equivalente a las leyes nacionales sobre prescripción extintiva. A modo de ejemplo, sólo 132 de los aproximadamente 3000 tratados bilaterales y multilaterales de protección de inversiones vigentes tienen un período de prescripción. El balance teóricamente permitiría la presentación de reclamaciones obsoletas a perpetuidad o de otro modo injertos con base aleatoria en períodos ad hoc de prescripción. Por lo tanto, la falta de uniformidad y de regulaciones estándares han dado lugar a la incertidumbre y a la inseguridad: los mismos que la propia doctrina sobre el período de prescripción pretende erradicar. El autor afirma que el estado fragmentado del derecho internacional público con respecto a la doctrina sobre el período de prescripción es atribuible a: (i) la importación a gran escala de leyes nacionales-domésticas sobre prescripción extintiva al derecho internacional público, sin haber considerado las políticas y aspiraciones del derecho internacional; y (ii) a las agendas económicas de los países industrializados, con exclusión de los intereses de los países en desarrollo y las economías en transición. Una metodología descriptiva y prescriptiva es aplicada en el desarrollo de esta propuesta.

Palabras clave

derecho internacional consuetudinario, prescripción extintiva, tratados de inversión extranjera

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Sección
Estudios doctrinales