La "cooperación orgánica" del sacerdocio común y del sacerdocio ministerial en las prelaturas personales
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Resumen

«COOPERATIO ORGANICA» DEL SACERDOCIO COMÚN Y DEL SACERDOCIO MINISTERIAL. 1. La «cooperatio organica» de los fieles laicos. 2. La «cooperatio organica» en las Prelaturas personales. 3. Algunas opiniones sobre la presencia de los laicos en las Prelaturas personales. IV. EL OBISPO PRESIDE Y MODERA LA COOPERACIÓN ORGÁNICA DEL SACERDOCIO COMÚN Y DEL SACERDOCIO MINISTERIAL. 1.El Episcopado en la Iglesia. 2. El Obispo preside y regula la mutua ordenación del sacerdocio común y del sacerdocio ministerial. a) El Obispo preside la forma originaria y constitutiva de «eclesialidad» que es la Iglesia particular o local. b) Otras formas históricas iure ecclesiastico de la interrelación
«fieles-ministerio» y su regulación por el ministerio episcopal. c) La capitalidad en las Prelaturas personales.
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