Práctica española en materia de tratados internacionales correspondiente al año 1993
Contenido principal del artículo
Resumen
I.- TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA DE LOS TRATADOS EN ESPAÑA DURANTE 1993. 1.- Tratados para los que se solicita la autorización previa de las Cortes Generales (art.s. 93 y 94-1 CE). 2.- Tratados de los que se da información posterior a las Cortes Generales (art. 94-2 CE). 3.- Tramitación parlamentaria de la denuncia de los tratados (art. 96-2 CE). 4.- Corrección de errores. II.- PUBLICIDAD DE LOS TRATADOS EN ESPAÑA. 1.- Tratados publicados en el Boletín Oficial del Estado durante 1993: A) Tratados multilaterales; B) Tratados bilaterales. 2.- Enmiendas o modificaciones a los tratados publicadas en 1993. 3.- Tratados cuya entrada en vigor se comunica en 1993. 4. Corrección de errores relativas a textos de tratados publicadas en 1993. 5.- Suspensión temporal de tratados, hechas públicas en 1993. 6.- Denuncia de tratados hechas públicas en 1993. III.- ALTERACIONES EL LISTADO DE ESTADOS PARTES EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES EN LOS QUE ESPAÑA ES ESTADO PARTE. IV.- DECLARACIONES OFICIALES RELATIVAS A TRATADOS EN LOS QUE ESPAÑA ES ESTADO PARTE (SELECCIÓN). 1.- Declaraciones formuladas por los Estados, relacionadas con el Estado español, publicadas en 1993: A) Declaraciones formuladas por el Estado español, individual o colectivamente; B) Declaraciones formuladas por otros Estados. 2.- Objeciones formuladas a las declaraciones, publicadas en 1993: A) Objeciones formuladas por el Estado español; B) Objeciones formuladas por otros Estados Parte a las declaraciones realizadas por España. 3.- Retirada de las declaraciones y objeciones, publicadas en 1993: A) Retirada de las declaraciones y objeciones formuladas por España; B) Retirada de las declaraciones y objeciones formuladas por otros Estados en relación con las declaraciones del Estado español.
Palabras clave
Detalles
Detalles del artículo
CESIÓN DE DERECHOS
Al enviar el artículo para su evaluación y posterior publicación en la revista Anuario Español de Derecho Internacional, el AUTOR cede de manera exclusiva los derechos de comunicación pública, reproducción, distribución y venta para su explotación comercial a la Universidad de Navarra a través de su Servicio de Publicaciones, por el plazo máximo legal vigente -toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento-, en cualquier país, y en cualquiera de las actuales y futuras modalidades de edición tanto en versión impresa como electrónica.
En el caso de que el artículo no fuera aceptado para su publicación, esta cesión de derechos decae con la comunicación de la negativa al AUTOR.
El AUTOR afirma que el artículo es inédito, que no ha sido enviado simultáneamente a otro medio de publicación y que los derechos no han sido cedidos de forma exclusiva con anterioridad. Se hace responsable frente a la Universidad de Navarra a través de su Servicio de Publicaciones de la autoría y originalidad de su obra, así como de todas las cargas pecuniarias que pudieran derivarse para Universidad de Navarra a través de su Servicio de Publicaciones, a favor de terceros con motivo de acciones, reclamaciones o conflictos derivados del incumplimiento de obligaciones por parte del AUTOR.