Instrucciones a las personas autoras:
1. La revista Ius Canonicum publica dos números por año, en junio y diciembre. El contenido del primer número del año queda definitivamente fijado el 30 de marzo, mientras que el segundo es cerrado el 30 de septiembre; sin perjuicio, naturalmente, de que la programación de la Revista alcance más allá del año en curso.
2. Las personas autoras someterán sus artículos a través de la plataforma OJS (Open Journal Systems), adaptada para Ius Canonicum, a través de este enlace. Durante todo el proceso de preparación del número de la revista, OJS será el cauce de comunicación entre las personas autoras y las personas Editoras. Para resolver cualquier duda en relación con el procedimiento las personas autoras pueden dirigirse a: cbozal@unav.es
En caso de que las personas autoras deseen añadir un material complementario explicativo que exceda los límites de tamaño o de formato del artículo, podrán subirlo a la plataforma OJS como archivos extraordinarios -uno por cada tipo de formato diferente-, siempre menores de 20 MB.
Este material se publicará exclusivamente en la versión electrónica de la revista, como anexo electrónico del artículo correspondiente.
Se recomienda a las personas autoras depositar el material complementario, al menos los datos de investigación subyacentes a las publicaciones, en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto federados en la European Open Science Cloud (EOSC).
En caso de financiación de la investigación que ha dado como resultado este trabajo, las personas autoras deberán indicar, en la primera página del artículo, la(s) agencia(s) de financiación y el (los) código(s) del (los) proyecto(s) en el marco del (los) cual(es) se ha desarrollado la investigación.
3. Las personas autoras son responsables del contenido de sus manuscritos. Para asegurar la originalidad de los manuscritos, la revista empleará la herramienta antiplagio Turnitin. Los criterios de valoración de similitud estarán siempre sujetos a la decisión del Consejo Editorial. El control del posible plagio se llevará a cabo antes de que inicie la revisión por pares. Los artículos con un alto grado de similitud a trabajos previamente publicados, entre los que se incluyen las propias obras de las personas autoras, serán considerados como plagio.
Uso de la Inteligencia Artificial (IA): Las personas autoras que utilicen herramientas de Inteligencia Artificial (IA) en la redacción de un manuscrito, deberán ser transparentes y declarar cómo se utilizó y en qué partes del texto: si en la asistencia a la escritura; la producción de imágenes; la recopilación y el análisis de datos; la transformación de otros formatos a texto (p. e.: diagramas, tablas, imágenes, audios, vídeos); la ejecución de análisis y generación de resultados; la extracción de descriptores o vocabulario del texto que consten como palabras clave del artículo; la sistematización de criterios, o bien en otros aspectos. Igualmente, proporcionarán los enunciados o instrucciones dadas a la herramienta utilizada (promts) para obtener sus resultados, así como los criterios seguidos para validar la información generada por la IA y las acciones para reducir el sesgo, desinformación, plagio o malas prácticas durante el uso de la IA. Si han utilizado imágenes producidas por IA, deberán indicar si las imágenes-insumo respetan la propiedad intelectual y cuentan con autorización para hacer obra derivada o aplicar un uso transformador. Deberán informar también de si han elaborado tablas o figuras; han sintetizado argumentos; han contrastado diferencias o similitudes entre la evidencia encontrada y los resultados encontrados; han establecido mecanismos explicativos para los hallazgos; o han complementado la elaboración de la discusión.
Deberán también señalar de forma explícita el modelo de lenguaje (LLM), la versión utilizada y la(s) fecha(s) de uso. Citarán autoría y año de acuerdo con APA (2020).
Ej. de declaración de uso de IA: “La IA fue utilizada para asistir el proceso de argumentación y elaboración de este manuscrito. Se empleó [Nombre de modelo, versión y fecha] y su utilización fue mediada por seres humanos.”
Utilizarán la siguiente estructura para la referencia:
Emisor del algoritmo. (año). Nombre de modelo (versión, día, mes) [Modelo de lenguaje]. https://...
Ej. OpenAI. (2023). ChatGPT (versión Mayo 21) [Modelo de lenguaje]. https://chat.openai.com/auth/login
En el texto se mencionará: Autoría (año), o bien (Autoría, año)
Advertencia: Una vez redactado el manuscrito, no podrá ser cargado (ni total, ni parcialmente) en una aplicación de IA para complementar el proceso de revisión, ya que su contenido podría potencialmente convertirse en parte de los datos de entrenamiento. Se compartiría información confidencial -el manuscrito dejaría de ser original- y quedarían conculcados los derechos de propiedad intelectual de las personas autoras.
Las personas autoras son totalmente responsables del contenido de su manuscrito, incluso de aquellas partes producidas por alguna herramienta de inteligencia artificial.
4. Las colaboraciones deberán ser textos inéditos y originales. Las personas autoras podrán usar libremente el texto cuando haya sido publicado, con la oportuna cita de Ius Canonicum como lugar original de publicación. La Revista juzgará la posibilidad de publicar en ocasiones la versión española de textos presentados en Congresos y aún no publicados; en tal caso se hará constar esta circunstancia en una nota previa a pie de página.
5. Las personas autoras que deseen incluir imágenes, figuras, tablas o pasajes de texto que ya se hayan publicado en otro lugar, deben obtener el permiso de las personas propiatarias de los derechos de autor para el formato impreso y en línea e incluir evidencia de que dicho permiso se ha otorgado al presentar sus documentos. Se supondrá que cualquier material recibido sin dicha evidencia proviene de las personas autoras.
6. Las colaboraciones para las secciones de «Estudios» no deberán superar las 15.000 palabras, incluidas las notas a pie de página. En la sección de «Comentarios y Notas» las colaboraciones tendrán una extensión de entre 5.000 y 8.000 palabras. En las colaboraciones destinadas a ambas secciones, constará el nombre y apellidos de las personas autoras, así como el cargo académico o profesional (solamente uno), la dirección del correo electrónico y el número ORCID de identificación digital. Además, se incluirá al final del artículo la relación completa de la bibliografía citada y ordenada alfabéticamente por apellido (la inicial del nombre se coloca a continuación del apellido). Si se citan varias obras de la mismpa persona autora, se repetirá el nombre completo de la persona autora en cada caso.
7. Se recomienda añadir los DOIs o los enlaces al texto completo de los documentos citados:
DOI de los artículos citados:
MOLANO, E., Estructuras jerárquicas y asociaciones, Ius Canonicum 29 (1989) 327-335 (https://doi.org/10.15581/016.57.327-335)
PALOMINO, R., El Tribunal de Justicia de la Unión Europea frente a la religión y las creencias, Revista de Derecho Comunitario Europeo 65 (2020) 35-77 (https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.65.02)
En caso de que el artículo no tuviera DOI, deberá incluirse entonces el enlace al artículo citado:
ALONSO GARCÍA, C. A., Los delitos de abuso sexual a un menor y de pornografía infantil cometidos por un clérigo, Madrid 2019 (Recuperado de https://bit.ly/3n4koCb)
CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS, https://www.derechoshumanos.net/Convenio-Europeo-de-Derechos-Humanos-CEDH/1994-Protocolo11-ConvenioProteccionDerechosHumanosyLibertadesFundamentales.htm
8. Tanto los textos destinados a la sección de «Estudios» como la de «Comentarios y Notas» deberán contener el título en español e inglés, además de un resumen de 150 palabras en español y en inglés. Se incluirán, además, en ambas lenguas, un listado de entre 6 y 10 clave (keywords).
Las personas autoras deberán incluir su afiliación profesional, dirección postal, correo electrónico y número de ORCID. Se respetará el orden de firma que hayan decidido las personas autoras.
El título es la parte más leída de un artículo científico, por lo que su importancia es vital para conseguir que un lector potencial acceda al contenido completo.
Debe ser informativo o explicativo, objetivo y atractivo; siempre descriptivo y especifico, evitando las palabras supérfluas o vacías. Es conveniente incluir algunas de las palabras clave para la recuperación del artículo en las búsquedas.
Se recomienda evitar en lo posible el artículo inicial y los signos de puntuación (admirativos !!, interrogantes.?, almohadillas #, arrobas @, etc.).
El resumen debe ser sintético y descriptivo, y reflejar el contenido en el mismo orden que el artículo. Debe reseñar por qué se hace el estudio, cuáles son sus objetivos, qué metodología se ha seguido y cuáles son los principales resultados, así como las conclusiones e implicaciones de los hallazgos.
Es aconsejable repetir en el resumen las palabras del título, pues así las palabras adquirirán mayor importancia o peso, y los artículos aparecerán en los primeros lugares cuando alguien haga búsqueda de esas palabras (Baiget, Tomà s (2020). Manual SCImago de revistas científicas. Creación, gestión y publicación, p. 82; https://doi.org/10.3145/manual).
Las palabras clave son puntos de recuperación del artículo; es aconsejable un mínimo de 6 a 10. En esta sección deben repetirse las palabras del título, y también las más importantes de las mencionadas en el resumen, pues ocurre con frecuencia que quienes realizan búsquedas se limitan a buscar solo en uno de los campos.
Se recomienda no poner frases (p. e., en vez de “Delincuencia en redes sociales”, poner “Delincuencia”; “Redes sociales”). Igualmente, se recomienda la preferencia por los plurales (p. e., en vez de “Cibermedio”, poner “Cibermedios”)(Baiget, Tomà s (2020). Manual SCImago de revistas científicas. Creación, gestión y publicación, p. 82; https://doi.org/10.3145/manual).
9. Una vez recibido el original, la Revista informará a las personas autoras del comienzo del proceso anónimo de evaluación. Éste consiste en la evaluación del texto por parte de dos personas evaluadoras externas al Consejo Editorial de la Revista, que juzgan si su forma y contenido se ajustan a los criterios científicos vigentes en el derecho canónico y disciplinas afines. Las personas Editoras de la Revista comunicarán a las personas autoras el resultado del proceso de evaluación, indicando si el escrito ha sido aceptado o rechazado y, en su caso, las mejoras o modificaciones que se propongan. En el plazo habitual de 2 meses, y máximo de 4, el Consejo Editorial comunicará la aceptación o rechazo de un artículo, junto con las observaciones o sugerencias emitidas por las personas evaluadoras.
10. Sección de Bibliografía. El Consejo Editorial escoge, de entre los libros recibidos en la secretaría de la revista, aquellos que serán objeto de comentario bibliográfico o de recensión. El Consejo Editorial, asimismo, designa, de entre las personas colaboradoras fijas de la sección de Bibliografía, a quien haya de encargarse de elaborar el comentario o la recensión. La extensión del comentario bibliográfico se fija en 4000-6000 palabras; de la recensión en 1000-2000 palabras.
11. Responsabilidades éticas:
Es responsabilidad y deber de la redacción de la revista Ius Canonicum recordar a las personas autoras estos extremos:
– La revista no acepta material previamente publicado. Las personas autoras son responsables de obtener los oportunos permisos para reproducir parcialmente material (texto, tablas o figuras) de otras publicaciones y de citar su procedencia correctamente.
– Conflicto de intereses. La revista espera que las personas autoras declaren cualquier posición o actividad que pueda suponer un conflicto de intereses en conexión con el artículo remitido.
– Autoría. En la lista de personas autoras firmantes deben figurar únicamente aquellas personas que han contribuido intelectualmente al desarrollo del trabajo. En general, para figurar como persona autora se deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Haber participado en la concepción y realización del trabajo que ha dado como resultado al artículo en cuestión.
2. Haber participado en la redacción del texto y en las posibles revisiones del mismo.
La Revista declina cualquier responsabilidad sobre posibles conflictos derivados de la autoría de los trabajos que se publican en la Revista.
– Los juicios y opiniones expresados en los artículos publicados en la Revista son de las personas autorsas y no necesariamente del Consejo Editorial.
12. Modos de citar:
Libros: J. HERVADA, Elementos de Derecho constitucional canónico, Navarra Gráfica Ediciones, Pamplona 2001, 303 pp. O. CONDORELLI, Unum corpus, diversa capita. Modelli di organizzazione e cura pastorale per una varietas ecclesiarum (secoli XI-XV), Il Cigno Galilei, Roma 2002, 243 pp.
Artículos de revista: E. MOLANO, Estructuras jerárquicas y asociaciones, Ius Canonicum 29 (1989) 327-335. J.-P. SCHOUPPE, La dimension juridique de la Parole et des sacrements ainsi que de la «communio», L’année canonique 42 (2000) 167-188.
Participaciones en obras colectivas: H. PREE, Die Ausübung der Leitungsvollmacht, en J. LISTL - H. MUELLER - H. SCHMITZ (eds.), Handbuch des katholischen Kirchenrechts, Pustet, Regensburg 1983, 131-141.
Comentarios legislativos: C. GULLO, sub c. 1476, en Comentario exegético al Código de Derecho Canónico, V, EUNSA, Pamplona 2002, 1022-1024.
Voces de diccionario: R. PUZA, «Institutionensystem», en A. V. CAMPENHAUSEN - I. RIEDEL SPANGENBERGER - R. SEBOTT (eds.), Lexicon für Kirchen-und Staatskirchenrecht, II, Ferdinand Schöningh, Padeborn-München-Wien-Zürich 2002, 305-307. D. CENALMOR, «Dimisorias [Letras]», en J. OTADUY - A. VIANA - J. SEDANO (eds.), Diccionario General de Derecho Canónico, III, Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor (Navarra) 2013, 335-338 (en adelante, DGDC).
Obras ya citadas: E. MOLANO, Estructuras jerárquicas..., cit., 327-335.
En las citas deberá evitarse un número excesivo de abreviaturas, limitándose a las más conocidas (CIC, AAS, etc.).
Criterio para obras ya citadas: Primeras palabras del título... (puntos suspensivos), cit., 832.
13. Numeración de títulos y epígrafes:
Los títulos de los apartados y subapartados de los Estudios, Comentarios y Crónicas seguirán el siguiente orden y diseño:
1. EL OBJETO DE LA EXCLUSIÓN
1.1. Planteamiento
1.1.1. Actos
14. Los epígrafes para los sumarios de los Comentarios y Crónicas seguirán el siguiente orden y diseño:
SUMARIO : 1. Curia romana. 1.1. Congregaciones. 1.1.1. Congregación para la Doctrina de la Fe (modificaciones al motu proprio «Sacramentorum sanctitatis tutela»).
15. Evaluaciones
– Los artículos se someterán a doble revisión anónima por personas expertas ajenas al Consejo Editorial.
– Se garantiza la confidencialidad de las persons autoras y de las personas evaluadoras.
– Periódicamente se dará a conocer la lista de personas evaluadoras de Ius Canonicum, sin indicación de los trabajos revisados.
16. Lenguaje inclusivo
La revista Ius Canonicum se adhiere al objetivo de las Naciones Unidas de «expresarse oralmente y por escrito sin discriminar a un sexo, género social o identidad de género en particular y sin perpetuar estereotipos de género» (https://www.un.org/es/gender-inclusive-language/index.shtml). Dicho objetivo ha de ser compatible con «otros postulados discursivos o pragmáticos, como los de equivalencia, adecuación, conveniencia, estética y, en especial, el principio de economía» (Posición de la RAE de 16 de enero de 2020, §”‰8.1), y además con el respeto del sistema lingüístico. Se recomienda tener en cuenta las orientaciones de la citada web de las Naciones Unidas y del informe y demás publicaciones de la Real Academia Española (https://www.rae.es/sites/default/files/Informe_lenguaje_inclusivo.pdf).
17. Análisis de sexo / género
Cuando sea pertinente, para garantizar un enfoque inclusivo y equitativo en la producción científica, se solicita a las personas autoras que incorporen en sus manuscritos un análisis de sexo/género. Este análisis deberá abordar la relevancia de estas variables en el diseño de la investigación, la propuesta metodológica, la interpretación de los resultados, la discusión y las limitaciones del estudio. Asimismo, se recomienda que las conclusiones reflejen posibles diferencias de sexo/género, asegurando así una mayor rigurosidad y profundidad en el abordaje de los temas tratados.