Las conexiones –y desconexiones– de las fundaciones privadas con el Derecho público

Juan Cruz Alli Turrillas
237

Resumen

La fundación es una institución jurídica en la que se encuentran la voluntad privada y la pública en la búsqueda del bien común, mediante la creación de una institución autónoma, sin ánimo de lucro con una aportación patrimonial duradera, supervisada por las autoridades y vinculada a tal fin general.
La presencia de ambas voluntades es lo que ha configurado históricamente esta figura, reconocida así en nuestro ordenamiento. Fruto de esa situación, aunque consolidada, se ha producido tensiones que, en los últimos tiempos, están llevando a una reformulación de las formas de intervención pública sobre su ser y su actuar.
En este artículo se revisa cómo surgió esta figura y en qué se parece a sus equivalentes en otros países culturalmente cercanos (Alemania, Francia, Inglaterra y los Estados Unidos) y cómo la han regulado. Finalmente se realiza un análisis crítico de la regulación vigente y se proponen ideas para su posible transformación
Palabras clave:
Fundaciones, Organizaciones no lucrativas, Régimen jurídico español y comparado

Autores/as

Juan Cruz Alli Turrillas


Métricas

Search GoogleScholar



Downloads

Download data is not yet available.

Sección

Estudios sobre fundaciones y mecenazgo