La doctrina canónica del siglo XX sobre el "Ius divinum"

Juan Fornés
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Resumen

El Derecho divino es el conjunto de factores que componen la dimensión de justicia inherente al 'mysterium Ecclesiae'. Conviene no confundir el Derecho divino con su expresión histórica, que se realiza de los medios técnicos que la cultura jurídica de cada momento proporciona. La justicia divina es inmutable e irreformable; pero su captación y paso a la vigencia histórica del contenido concreto ('positivación') y su expresión mediante los adecuados instrumentos técnico-jurídicos ('formalización') son progresivas y, en ocasiones, reformables, porque pueden presentar elementos de Derecho humano. El Derecho divino y el humano no constituyen dos sistemas de Derecho separados, sino que se integran en la unidad del ordenamiento canónico. La tarea de 'autenticación' de lo que verdaderamente es exigencia del Derecho divino y lo que no lo es corresponde al Magisterio de la Iglesia; es, en su fase última y decisiva, algo extracientífico que compete al ministerio jerárquico.
Palabras clave:
Canonizatio, Positivación, Formalización

Autores/as

Juan Fornés


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Sección

Estudios

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