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Resumen

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La formación integral del hombre y la participación en la misión de la Iglesia configuran el alcance educativo de la escuela católica. En el ámbito jurídico civil, estos dos principios toman carta de naturaleza en la figura del carácter propio. Sin embargo, la actual imprecisión normativa en torno a dicho carácter propio puede llegar a convertirse en una potencial amenaza para el alcance educativo de la escuela católica. En este sentido, el artículo 52 de la LODE se revela, con su imprecisa invocación a la libertad de conciencia, como crucial en este intento limitador. La colisión de esta libertad con el carácter propio se manifiesta especialmente en la clase de religión, las celebraciones litúrgicas y la presencia de alumnos de otras confesiones y remitidos por las Comisiones de Garantías. La resolución de dicho conflicto habrá de resolverse teniendo presente las vinculaciones que el carácter propio presenta con la libertad de enseñanza y de religión.

Palabras clave

Escuela católica, Carácter propio, Libertad de conciencia, Libertad de religión

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