Comentario de los Estatutos del IOR promulgados el 8 de agosto de 2019

Resumen
Referencias
AIMONE BRAIDA, P. V., Le Finanze del Papa, Quaderni di Ius Missionale 8, Città del Vaticano 2016.
Annual Report del IOR, en http://www.ior.va/content/ior/en/media/annual-report/annual-report-2018.html.
ARNAMBOLDI, F. – ROSSIGNOLI, B., The Institute for Religious Works: key features of financial intermediation, Stato, Chiese e pluralismo confessionale (www.statoechiese.it), 12/2016, 4 aprile 2016.
CHIAPPETTA, L., Prontuario di diritto canonico e concordatario, Roma 1994, 667-668.
OLIOSI, F., La controversa natura dello IOR, tra ente ecclesiastico, vaticano, e civile, Il Diritto ecclesiastico 127 (2016) 463-490.
VITALI, E. G., L’Istituto per le Opere di Religione (IOR) e il diritto italiano, Il Diritto ecclesiastico e Rassegna di diritto matrimoniale 98 (1987) 1171-1190.
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