Igual salario por trabajo de igual valor. STC 145/1991, de 22 de julio

María Elósegui
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Resumen

A pesar del avance que ha supuesto la jurisprudencia del TC en la sentencia analizada, en la que se asienta el principio del derecho a igual salario por trabajo de igual valor, se demuestra la discriminación directa e indirecta de las mujeres trabajadoras que todavía existe en los convenios colectivos de nuestro país, a través de categorías profesionales feminizadas y salarios inferiores para las mujeres por trabajos de igual valor. Por último se señalan las instancias jurídicas desde las que se debería actuar para lograr una valoración adecuada de los puestos de trabajo.

Palabras clave:
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Autores/as

María Elósegui


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Sección

Artículos: Igualdad y no discriminación