Conversión y Derecho. La conversión religiosa en el Derecho internacional y en algunos ordenamientos jurídicos

Ana María Vega
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Resumen

Los ordenamientos jurídicos deben garantizar‧que la búsqueda de la verdad se realice de‧modo acorde a la dignidad humana –y por lo tanto,‧libre, inmune de coacción alguna– y a su naturaleza‧social. La Declaración Universal de Derechos humanos‧y los posteriores textos internacionales se‧hicieron eco de esta exigencia inalienable y proclamaron,‧tras numerosas dificultades, el derecho de‧toda persona a adoptar, no adoptar o a cambiar‧de religión así como el correlativo derecho a difundir‧las propias convicciones religiosas mediante el‧proselitismo, la evangelización o la actividad misionera.‧A pesar de todo, el reconocimiento pleno de‧este derecho fundamental sigue siendo un importante‧desafío, porque es ajeno a la concepción de‧libertad religiosa y al modo de entender la relación‧entre política y religión en las diferentes culturas‧y/o religiones que inspiran los derechos estatales.‧
Palabras clave:
Conversión, Libertad religiosa, Religión

Autores/as

Ana María Vega


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Sección

La conversión cristiana