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Resumen

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El trabajo examina la noción del margen de apreciación nacional utilizada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde una perspectiva consensualista, basada en el Derecho internacional público. El margen de apreciación nacional es un concepto jurídico indeterminado cuya aplicación depende de diversos factores intrínsecos y extrínsecos. El consenso representa uno de esos elementos de carácter extrínseco y tiene un efecto integrador en la jurisprudencia regional de derechos humanos. En efecto, el desarrollo de los derechos fundamentales en Europa y América va acompañado de un consenso entre los Estados partes de ambos subsistemas regionales de derechos humanos. Sin ese necesario consensus generalis, que los tribunales regionales de derechos humanos constatan a través de la práctica de los Estados, la interpretación evolutiva se hace más compleja y la jurisprudencia regional de derechos humanos se torna más deferente con la soberanía estatal. El consenso, por tanto, constituye una noción que permite explicar, desde el Derecho internacional público, la aplicación del margen de apreciación nacional por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Palabras clave

Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Corte Interamericana de Derechos Humanos, margen de apreciación nacional, interpretación evolutiva, consenso, subsistemas regionales de Derecho internacional

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Sección
Estudios doctrinales