La "universitas rerum" como soporte de la personalidad en el derecho canónico

Javier Otaduy
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Resumen

A lo largo de la historia, desde las venerabiles domus de beneficencia en el derecho justinianeo, han existido fundaciones canónicas. La figura técnica sobre la que subsistía su subjetividad en el derecho ha variado mucho. Actualmente responden a la figura de universitates rerum (conjuntos de cosas). La noción de universitas ha sido constantemente empleada en el derecho, y también la de universitas personarum. La nocion de universitas rerum en cambio no se ha usado con frecuencia. Su origen no es clásico, sino que responde más bien a la tipología clasificatoria de las personas jurídicas (corporaciones/fundaciones) hecha en el siglo XIX en Alemania. Ha mejorado la distinción antingua del CIC de 1917 entre personas jurídicas colegiales y no colegiales. Sigue teniendo sin embargo una utilidad escasa y, como todas las tipologías binarias, es mejorable desde el punto de vista clasificatorio.
Palabras clave:
Universitas rerum, Fundación, Corporación, Persona jurídica

Autores/as

Javier Otaduy


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Sección

Estudios sobre fundaciones y mecenazgo

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