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Resumen

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El ecónomo y el Consejo de asuntos económicos ayudan y colaboran con el Obispo en la administración de los bienes de la diócesis. El estudio analiza la relación ecónomo-Consejo de asuntos económicos, y plantea si se estaría cumpliendo en debida forma con la especificidad e independencia de ambas funciones si el ecónomo fuese miembro de dicho Consejo. Se expone, también, el caso del ecónomo eparquial, señalando su diferencia con el ecónomo diocesano. Se ofrece información sobre la situación a este respecto en las diócesis de Argentina y de España. Se aclara, que si bien el ecónomo no puede ser miembro del Consejo de asuntos económicos, ello no significa que no puede asistir a sus reuniones o participar de las mismas con derecho a emitir opinión. La investigación lleva a efectuar una propuesta sobre el parágrafo tercero del canon 492 del CIC.

Palabras clave

Ecónomo, Consejo de asuntos económicos, Miembro

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Biografía del autor/a

Jorge Antonio Di Nicco, Pontificia Universidad Católica Argenti.