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Resumen

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Este trabajo analiza la cuestión de los símbolos religiosos desde la perspectiva del significado que se atribuye a la neutralidad religiosa del Estado, apuntando que la neutralidad no puede entenderse como un principio constitucional uniforme, impuesto a nivel europeo, que contenta un concreto concepto de cómo han de organizarse las relaciones entre Estado y religión. El autor expresa su acuerdo con el fallo de la Grand Chamber del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, aunque indica que el Tribunal debería haber desarrollado más la idea de que el criterio para decidir si existe violación de la libertad de religión y creencias es la coerción, y no el sentimiento subjetivo de ofensa que algunas personas pueden experimentar ante la presencia de ciertos símbolos religiosos. El trabajo, además de analizar la jurisprudencia del TEDH, se refiere a la posición adoptada en materia de simbología religiosa por algunos tribunales nacionales, en concreto españoles y alemanes.

Palabras clave

Símbolos religiosos, Neutralidad religiosa del Estado, Tribunal Europeo de Derechos Humanos

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Sección
Estudios
Biografía del autor/a

Javier Martínez Torrón, Universidad Complutense de Madrid. Universidad Complutense de Madrid, Madrid

28015, Madrid - España