La educación en la Constitución española. Derechos fundamentales y libertades públicas en materia de enseñanza
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Resumen

I. INTRODUCCIÓN. II. TÉCNICAS DE LA CONSTITUCIÓN PARA LA PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LAS LIBERTADES PÚBLICAS. III. EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA EDUCACIÓN: SU CONTENIDO ESENCIAL: 1. Derecho-deber de recibir la enseñanza básica; 2. Derecho-deber de los menores de ser educados conforme a las determinaciones de sus padres o tutores y supletoriamente conforme a las de los Poderes públicos competentes; 3. Derecho a la libre elección de centros educativos distintos de los públicos en todos los niveles de la enseñanza; 4. Derecho de los padres y tutores legales a que sus hijos o pupilos reciban en la enseñanza la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones; 5. Derecho a que el sistema educativo y los establecimientos de enseñanza no sean discriminatorios; 6. El derecho a la financiación pública de la enseñanza obligatoria: el derecho a la gratuidad en su articulación con las demás dimensiones esenciales del derecho a la educación; 7. Derecho a la ayuda económica de los Poderes públicos en los niveles de enseñanza no obligatoria con un criterio de igualdad de trato. IV. LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA: SU CONTENIDO ESENCIAL: 1. La libertad escolar o libertad de establecer y dirigir establecimientos de enseñanza de toda especie; 2. La libertad de cátedra; 3. El derecho de profesores, padres y alumnos a la participación en el control y en la gestión de los establecimientos educativos; 4. La autonomía de las Universidades. V. COMPETENCIAS CONSTITUCIONALES DE LOS PODERES PÚBLICOS EN MATERIA DE ENSEÑANZA: 1. Potestad exclusiva de las Cortes Generales; 2. La potestad de programación educativa; 3. La potestad de homologación del sistema educativo; 4. La potestad inspectora del sistema educativo; 5. La ayuda pública a los centros docentes: potestades de estimulación de la iniciativa privada; 6. La creación de centros docentes por los Poderes públicos.
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